como residente del gran estado de Nueva York, tiene el derecho legal de inspeccionar los registros públicos utilizando la Ley de libertad de información (FOIL) del estado. No hay limitaciones sobre qué miembros del público pueden solicitar registros. Esto garantiza que los diversos órganos gubernamentales del estado funcionen de manera transparente y que los ciudadanos de Nueva York puedan rendir cuentas.
registros vitales
los registros de nacimiento, defunción, matrimonio y divorcio de Nueva York son manejados principalmente por la Oficina de registros vitales del Departamento de salud del Estado de Nueva York (DOH)., La Oficina de registros vitales proporciona a los solicitantes elegibles copias de certificados de nacimiento y defunción en el estado de Nueva York fuera de la ciudad de Nueva York (1881-presente), licencias de matrimonio obtenidas en el estado de Nueva York fuera de la ciudad de Nueva York (1880-presente) y certificados de divorcio para todo el estado de Nueva York (1963-presente).
certificados de nacimiento y defunción para la ciudad de Nueva York
El Departamento de salud e Higiene Mental de la ciudad de Nueva York mantiene certificados de nacimiento y defunción para los cinco condados de la ciudad de Nueva York (Manhattan, Kings, Queens, el Bronx y Staten Island)., Sólo la persona que figura en el certificado de nacimiento o el padre de la persona que figura en el certificado de nacimiento tiene derecho a obtener una copia del certificado de nacimiento. Solo por orden de un tribunal del Estado de Nueva York puede un cónyuge, hijo u otras personas obtener una copia de un certificado de nacimiento. Para los registros de defunción, el cónyuge, los padres y los hijos o hermanos del fallecido son elegibles para obtener una copia del certificado de defunción. Otras personas que tienen un derecho o reclamo legal documentado, una necesidad médica documentada o una orden judicial del Estado de Nueva York también son elegibles para obtener una copia del certificado de defunción.,
licencias y certificados de matrimonio
para obtener una copia del certificado de matrimonio de una persona que obtuvo la licencia de matrimonio en Nueva York fuera de la ciudad de Nueva York, comuníquese con el Departamento de salud. El Departamento de salud no presenta y no puede emitir copias de certificados de matrimonio para las personas que obtuvieron la licencia de matrimonio en cualquiera de los cinco condados de la ciudad de Nueva York; visite la página web de la Oficina de matrimonios de la ciudad de Nueva York en su lugar., Los cónyuges y otras personas que tienen un propósito judicial documentado (u otro propósito apropiado) o una orden judicial del Estado de Nueva York son elegibles para obtener una copia del certificado de matrimonio por una tarifa administrativa.
decretos y certificados de divorcio
Hay dos tipos de registros de divorcio en el estado de Nueva York. El primero es el decreto de divorcio, que era el método de documentar los matrimonios antes del 1 de enero de 1963. Estos decretos fueron firmados por un juez y presentados ante el Secretario del Condado del condado donde se emitieron los Decretos., Para obtener información sobre cómo obtener una copia de un decreto de divorcio, comuníquese con el Secretario del condado correspondiente. En segundo lugar, está el certificado de divorcio, que se ha presentado ante el Departamento de salud para los divorcios concedidos a partir del 1 de enero de 1963. El certificado de divorcio contiene información sobre los cónyuges y la fecha y el lugar en que terminó el matrimonio. Para obtener esta información, póngase en contacto con el Departamento de salud. Cualquiera de los cónyuges u otras personas con una orden judicial del Estado de Nueva York son elegibles para obtener una copia del certificado por una tarifa administrativa.,
*Nota: El acceso a los registros vitales se solicita por un cargo administrativo, y se pueden solicitar a través de Internet, teléfono o solicitudes por correo. Las solicitudes por Internet o por teléfono se procesan en un plazo de cinco a diez días hábiles, mientras que las solicitudes por correo se procesan en un plazo de dos a cuatro semanas a partir de su recepción.
información sobre personas en libertad condicional
Puede buscar personas que están en libertad condicional visitando la División de Libertad Condicional del Estado de Nueva York. Son la entidad del Estado responsable de la información pública sobre las personas en libertad condicional.,
resultados de las elecciones
el estado de Nueva York ha estado poniendo a disposición del público los resultados y datos de las elecciones desde 1994. Puede descubrir esta información visitando la Junta Electoral del Estado de Nueva York. También son responsables de almacenar y proporcionar acceso a los informes de divulgación de la financiación de las campañas y a los registros de gastos.
propiedad No Reclamada
Puede buscar para ver si tiene alguna propiedad no reclamada que esté actualmente en posesión del gobierno local de su estado visitando la Oficina de fondos no reclamados.,
Cómo solicitar información pública en Nueva York
no hay un procedimiento uniforme para que usted siga al solicitar registros de las agencias de Nueva York porque cada agencia tiene sus propios procedimientos para manejar las solicitudes de Registros. Ver N. Y. Pub. Fuera. Ley 87.1 (b), 88.1. En caso de duda, debe comunicarse con la agencia cuyos registros desea para averiguar qué método utilizan para hacer una solicitud.
una vez que se ha realizado una solicitud, el administrador de acceso a registros tiene cinco días para rechazar o cumplir con su solicitud. Si desea una copia de los registros, es posible que deba pagar una tarifa., Tenga en cuenta que la ley solo se aplica a los registros existentes. La ley no requiere que un custodio de la FOIA cree un registro en respuesta a su solicitud.
Qué hacer si su solicitud es denegada
Tiene varias opciones abiertas para que el administrador de acceso a registros rechace su solicitud. Primero, intente trabajar con el administrador de acceso a registros. Si la agencia confía en una exención, pídale al administrador de acceso a registros que libere las partes no exentas del registro con las partes exentas eliminadas o redactadas.,
si no puede avanzar con el administrador de acceso a registros y su solicitud de Registros sigue denegada, tiene treinta días para apelar al jefe de la agencia. La agencia tiene diez días para cumplir con su solicitud, o explicar su negación por escrito. Si recibe una denegación en este momento (incluso si la agencia no responde), siempre puede presentar una demanda ante la corte del Estado de Nueva York para hacer cumplir su solicitud. En algunos casos, el tribunal puede incluso otorgarle honorarios de abogado.